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Delito contra la Seguridad Vial según el Código Penal

La conducción bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes constituye uno de los delitos penales más frecuentes en España, y su gravedad puede conllevar la retirada del permiso de conducir, la imposición de antecedentes penales e incluso penas de prisión..

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Delito contra la Seguridad Vial según el Código Penal

La conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas está regulada en el artículo 379.2 del Código Penal, que castiga a quien conduzca bajo la influencia de sustancias que alteren las capacidades psicofísicas, o a quien supere el límite penal de alcoholemia, que se sitúa en 1,2 g/L en sangre o 0,60 mg/L en aire espirado.

Una vez superados estos niveles, se activa automáticamente la vía penal, sin necesidad de que se observen signos de embriaguez. En cuanto a las drogas ilegales (como cannabis, cocaína, metanfetaminas o similares), el Código Penal no establece un umbral mínimo, pero la presencia de drogas ya constituye un delito, incluso si no hay síntomas visibles de intoxicación.

Artículo 379.2 del Código Penal:

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.

En todo caso, será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Cambios en la normativa de alcoholemia 2025

Desde 2025, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha reducido los límites legales de alcoholemia para sanciones administrativas. Esta medida busca reducir los accidentes de tráfico y equipararse a la normativa de otros países europeos. La nueva tasa administrativa de alcoholemia para conductores generales y profesionales se reduce a un 0,2 g/L en sangre y 0,10 mg/L en aire espirado. Con estos nuevos límites, una sola copa de vino o cerveza puede hacerte dar positivo en un control.

Tasa de alcohol en aire espiradoMultaPuntos
De 0,10 a 0,25 mg/L500 €4
De 0,25 a 0,60 mg/L1.000 €6
Desde 0,60 mg/LDelito penal6

📌 En caso de reincidencia en menos de 2 años, las sanciones pueden agravarse.

Penas por conducir bajo los efectos del alcohol

La vía penal se activa cuando se supera una tasa de alcohol de 0,60 mg/L en aire espirado o 1,2 g/L en sangre, lo que constituye un delito contra la seguridad vial. La pena aplicable dependerá de las circunstancias específicas del caso, como el grado de intoxicación por alcohol o drogas, la existencia de antecedentes penales, o si hubo conducción negligente o temeraria. Dado que se trata de una condena penal, conlleva la inscripción de antecedentes, lo cual puede acarrear consecuencias negativas en el ámbito laboral, en procesos de oposición o incluso limitar la posibilidad de viajar al extranjero.

El Código Penal establece las siguientes penas posibles:

  • Prisión de 3 a 6 meses.

  • Multa de 6 a 12 meses.

  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Adicionalmente, se impone de forma obligatoria la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por un periodo de 1 a 4 años.

¿Qué es un juicio rápido?

En la mayoría de los casos por alcoholemia o drogas al volante, se aplica el juicio rápido, siempre que el hecho sea claro (flagrante) y el atestado policial esté completo. En este tipo de procedimiento, el acusado puede reconocer los hechos y llegar a un acuerdo con el fiscal, lo que se llama conformidad. A cambio, recibe una reducción de un tercio en la pena.

Este acuerdo permite resolver el caso de forma rápida y sencilla, sin necesidad de celebrar un juicio. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, aunque se rebaje la pena, se trata de una condena penal firme, que genera antecedentes penales.

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¿Cuál es el procedimiento penal para un Delito de Alcoholemia?

El delito de conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes se tramita generalmente mediante un juicio rápido, dado que es un delito menos grave con penas de prisión que no superan los 5 años.

Conforme a lo previsto en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, este procedimiento se inicia generalmente tras la elaboración de un atestado policial, ya sea que el acusado haya sido detenido en el momento o no. Una vez iniciado el proceso, el juez de guardia tomará declaración al acusado y a los testigos, si los hubiera. Después se realizarán las diligencias necesarias, que podrán completarse en el acto o en un plazo máximo de 72 horas.

El acusado debe asistir acompañado de un abogado y podrá optar por prestar conformidad, es decir, reconocer los hechos imputados. Esto permite una reducción de la pena en un tercio. Si el acusado acepta la conformidad y no hay recurso por parte de las partes, el juez dictará sentencia firme de inmediato, imponiendo la pena correspondiente y decidiendo, si procede, sobre la suspensión o sustitución de la pena privativa de libertad. En caso contrario, podrá presentar su defensa tanto de forma escrita como oral.

Preguntas frecuentes Delito contra la Seguridad Vial

¿Qué sucede si me niego a realizar la prueba de alcoholemia?

Según el artículo 383 del Código Penal negarse a realizar la prueba de alcoholemia, se castiga con hasta un año de prisión, aun cuando posteriormente se demostrara que no había consumo.

Los antecedentes penales no se cancelan de forma automática. Una vez cumplida por completo la condena, es necesario solicitar expresamente su cancelación.
Para ello, deben haber transcurrido entre 6 meses y 2 años sin cometer ningún nuevo delito, según la gravedad de la pena impuesta.

Sí, tras cumplir la condena y el periodo de privación del derecho a conducir, es posible recuperar el permiso, aunque puede requerirse superar ciertas pruebas o cursos de rehabilitación.

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